Definitivamente en los últimos años ha habido un abuso por parte de varios medios de prensa en la publicación de contenidos provenientes de comunicaciones privadas. Y el agua que derramó el vaso fue sin duda, y como lo ha señalado el autor del Proyecto de Ley, la difusión del audio donde Lourdes Flores y Xavier Barrón hablaban sobre las elecciones municipales. ¿Fue de interés público saber lo que ambos personajes conversaban privadamente sobre temas que no acarreaban un delito? Por ello y en teoría la Ley pretende subsanar ese problema, el de la privacidad.
En cuestión la norma propone modificar el artículo 162º del Código Penal, denominado interferencia y difusión de comunicaciones privadas. Esto debido al aumento de casos de dicho crimen y la falta de una sanción proporcional a quienes quebranten el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones.
La Directora Ejecutiva del Consejo de la Prensa Peruana, Kela León, manifestó que esta Ley es una herramienta que “limita” la labor periodística y es “censura en la práctica” y “anticonstitucional”.
Lo que señala la Señora Kela León no deja de tener razón, pues lo que provocará es, por un lado, un mayor o hasta excesivo celo por parte de los medios para publicar material “de interés público”. Quizá tengan que discutirlo arduamente con los abogados. Y esto es limitante en la labor periodística, porque se dependería de los abogados y sus interpretaciones, porque la Ley no es muy clara.
Erick Iriarte Ahon, Socio Principal y Jefe del Área de Derecho y Nuevas Tecnologías de Iriarte & Asociados, señala que “…la Ley incluye la palabra `difusión´, y esto conlleva a que no se trata de solo aquel que interfiere o escucha sino que el que divulga así no haya interferido o escuchado sea posible de sanción. De esta manera tenemos que si alguien publica en su blog o rebota una noticia en el facebook, o hace un RT (Re-Tweet) en el twitter, de un contenido de una comunicación privada que un tercero interfirió o escuchó también es sancionable. La norma no hace distinción sobre el formato donde se publique el contenido accedido, por ello la norma es bien abierta y por ende, puede permitir cualquier cosa.
Si esta Ley se promulga, definitivamente estaremos asistiendo a un espectáculo judicial de proporciones en contra de los medios de comunicación, y de igual forma contra personas ajenas a estos, como los twitteros, los blogueros, etc. No hay que olvidar que los casos más grandes de corrupción en los últimos años en Perú han sido revelados gracias a la difusión de audios o videos.
Es por eso que estoy a favor que se abra el debate nacional sobre este tema, y por lo tanto los medios de comunicación deberían autorregularse, y que se distinga entre un delito y un asunto netamente privado como revelación en un audio o video.
Observar la autógrafa de Ley por parte del Presidente Humala para un mejor estudio y análisis, debería ser el primer paso para iniciar el debate, porque la Prensa a pesar de todos sus errores, han sido los que han promovido la fiscalización y la lucha contra la corrupción que ninguna autoridad o institución ha podido hacerlo y combatirlo.
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