miércoles, 8 de abril de 2009

ALCALDES O REGIDORES PODRIAN SER VACADOS SI ABANDONAN PARTIDO POLITICO POR LAS QUE FUERON ELEGIDOS

Según el texto sustitutorio del dictamen de la ley que modifica diversos artículos de la Ley Orgánica de Municipalidades, y que actualmente se viene debatiendo en el pleno del Congreso de la República, señala en su artículo 22 que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el consejo municipal, por abandono de la organización, movimiento político o partido político por el que fue elegido.

También se señala que la vacancia también procede por administrar, conducir y/o atender fuera de la circunscripción municipal de manera regular y sin autorización del consejo municipal. De igual forma por inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o tres (3) extraordinarias sin autorización del consejo municipal.


Más detalles pueden escribir a pcastillo2000@hotmail.com

No hay comentarios: